Mediante la cuenta en Twitter de Guiasalud tenemos noticia de que a partir del 1 de julio de 2014 los criterios de selección para incluir una Guía de Práctica Clínica (GPC en el Catálogo de GPC del Sistema Nacional de Salud se van a modificar.
Nuevos Criterios de Inclusión en el Catálogo de #GPC en el SNS http://t.co/tojozjTDRU
— GuíaSalud (@GuiaSalud) febrero 25, 2014
Todo ello se deriva a consecuencia del cambio de definición de GPC del Institut of Medicine. Dicha definición, traducida al español por el Comité Científico de Guiasalud, quedaría así:
"Conjunto de recomendaciones basadas en una revisión sistemática de la evidencia y en la evaluación de los riesgos y beneficios de las diferentes alternativas, con el objetivo de optimizar la atención sanitaria a los pacientes".
Los futuros criterios quedarán así, según podemos leer en la web de Guiasalud:
- Criterio 1: El documento remitido ha de ser una Guía de Práctica Clínica (entendiendo como GPC la definición anterior).
- Criterio 2: Las guías deben haber sido producidas en España, en cualquiera de las lenguas oficiales en el Estado; por instituciones públicas o privadas, sociedades profesionales, paneles de expertos e incluso grupos profesionales; en el ámbito estatal, regional o local. Las GPC producidas fuera de España se admitirán también si han sido traducidas y respaldadas por cualquiera de las instituciones o grupos citados previamente.
- Criterio 3: El intervalo de tiempo transcurrido entre la fecha de cierre de la búsqueda de la evidencia y el momento de la inclusión de la GPC en el catálogo, ha de ser inferior a 5 años.
- Criterio 4: En la GPC deben aparecer los datos de los autores, incluyendo nombre, titulación (y especialidad si procede), institución y la declaración de interés.
- Criterio 5: La GPC se ha elaborado, adaptado o actualizado siguiendo una metodología contrastada. Los métodos de búsqueda de la evidencia científica utilizados deben estar descritos, incluyendo los términos de búsqueda utilizados, las fuentes consultadas, y el rango de fechas cubierto, así como los criterios de inclusión y exclusión utilizados y la calidad de los estudios.
- Criterio 6: Las recomendaciones de la GPC deben ser explícitas y en ellas deben identificarse las fuentes bibliográficas que las sustentan. Así mismo, las recomendaciones deben formularse teniendo en cuenta los beneficios y posibles riesgos de las distintas opciones evaluadas.
Esperemos que estos cambios sirvan para que los documentos contenidos en el Catálogo sean generados mediante una metodología más rigurosa, teniendo en cuenta un aspecto fundamental: la evaluación de los riesgos y beneficios de cada alternativa, aspecto éste esencial y que muchas veces no queda suficientemente reflejado en los estudios clínicos individuales de los que se "alimentan" las revisiones sistemáticas que a su vez forman parte fundamental de las recomendaciones de las GPC.