Con este motivo el Comité de Lactancia Materna (CLM) de la Asociación Española de Pediatría ha emitido un comunicado que transcribimos a continuación. Nos recuerda también la existencia, desde la década de los 80 del pasado siglo, de un Código de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna publicado de forma conjunta por OMS y UNICEF y cuyo objetivo es proteger la lactancia materna de prácticas comerciales podo éticas. Dicho código es poco conocido y por ello el CLM nos recuerda su existencia.
Comunicado del CLM:
"El pasado 22 de noviembre, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ONU) emitió un comunicado en Ginebra en el que reconoce la lactancia materna como un derecho humano para bebés y madres que debe de ser fomentado y protegido.
Los expertos señalaron que, para ello, los gobiernos deben detener la comercialización “engañosa, agresiva e inapropiada” de sustitutos de la leche materna que realiza la industria a nivel global. Añadieron que esas prácticas de mercadotecnia a menudo afectan negativamente a las decisiones que toman las mujeres sobre cómo alimentar a sus bebés e impiden que tanto los bebés como las madres disfruten de los beneficios para la salud que ofrece la lactancia.
Con este mismo objetivo, la OMS y UNICEF publicaron en 1981 el Código de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, un documento que recoge precisamente las reglas destinadas a proteger la lactancia materna de prácticas comerciales podo éticas.
Aunque han pasado más de 30 años desde su publicación, muchos profesionales sanitarios desconocen su existencia o las medidas a llevar a cabo para su cumplimiento, y muchos países y sus gobiernos no han puesto en marcha medidas legales que contemplen las disposiciones del Código.
El Comité de Lactancia Materna de la AEP ha elaborado un folleto informativo, tratando de resumir de forma clara y eficaz el contenido del Código, para su difusión y conocimiento por todos los profesionales implicados en la protección y promoción de la lactancia materna".
- Acceso al código.
- En SlideShare:
2 comentarios:
Si la lactancia materna es un derecho fundamental del bebé, debe ser a demanda, y además es exclusiva hasta los 6 meses de edad...la baja de maternidad de mínimo 6 meses debería ser obligatoria
Si la LM es un derecho fundamental del bebé, debe ser a demanda y es el alimento exclusivo hasta los 6 meses, una baja maternal de mínimo está duración debería ser obligatoria y estar garantizada
Publicar un comentario